Miércoles, 16 de julio de 2008
Gaceta 166 número extraordinario de 22/05/2008.Gaceta de 160 páginas. El Bando se localiza en la página 61.

Del náhuatl: Xalti-ipak, “Lugar sobre la arena”.
TITULO VI.
De la planeación de Desarrollo Municipal.
…Artículo 30. El Gobierno Municipal sustentará su determinación en la participación ciudadana con planeación democrática.
…El ejercicio de la planeación del desarrollo municipal tendrá por objeto:
I. Determinar el rumbo del desarrollo integral de la municipalidad;
II. Promover la participación de las distintas expresiones de la comunidad en el diseño y determinación de cada una de las acciones del gobierno municipal;
III. Asegurar el desarrollo equilibrado y armónico de todos los centros de población y localidades del municipio, reconociendo sus desigualdades y contrastes y;
IV. Asegurar el aprovechamiento racional de los recursos de que dispone el municipio para obra y servicios públicos y el ejercicio de sus funciones como entidad gubernativa.
…Artículo 31. La planeación del desarrollo del municipio se llevará a cabo por conducto de los siguientes instrumentos:
I. Plan Municipal de Desarrollo
II. Programa Operativo Anual (POA) y
III. Los proyectos que resulten de estudios específicos del algún área.
…Artículo 32. La aprobación de los planes, programas y proyectos señalados en el artículo anterior, le corresponde al Ayuntamiento mediante resolutivo del cabildo dado en sesión pública.
…Artículo 33. El plan Municipal de Desarrollo es el instrumento rector de las políticas de gobierno que ejecute el ayuntamiento y la administración municipal durante el periodo de su mandato.
… Con base en él se elaborará el programa operativo anual de la administración municipal, se autorizarán y se establecerán responsabilidades en la ejecución de las acciones de gobierno.
Por: Gerardo Morales H. | Gacetas del año 2008 | Comentarios (0) | Referencias (0)
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