Información relativa a las Gacetas Oficiales del Estado de Veracruz, México.
ACUERDO A/255/08
ACUERDO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA EL OFRECIMIENTO Y ENTREGA DE RECOMPENSAS Y RECOMPENSAS PERIODICAS.
EDUARDO TOMAS MEDINA-MORA ICAZA, Procurador General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, 5, fracción VIII, 9 y 10, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; y 1, 2, 5 y 11, fracción IX, de su Reglamento, y …
ACUERDO
Capítulo I.
Disposiciones Preliminares
PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos conforme a los cuales se realizará el ofrecimiento y entrega de recompensas por informaciones para la investigación y combate de delitos federales.
SEGUNDO. Para efectos del presente Acuerdo se entiende por:
I. CENAPI. El Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia;
II. Comité. El Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas que establece el presente Acuerdo, a cargo de la coordinación de las acciones para el ofrecimiento y entrega de recompensas y recompensas periódicas;
III. Procuraduría. La Procuraduría General de la República;
IV. Procurador. El Procurador General de la República;
V. Recompensa. La cantidad en numerario que se entrega, con cargo al presupuesto de la Procuraduría, a aquella persona que auxilia eficientemente otorgando información sobre las averiguaciones que realice el Ministerio Público de la Federación, o bien, a quien colabore en la localización o detención de personas en contra de las cuales exista mandamiento judicial de aprehensión, en los términos y condiciones del presente Acuerdo y el acuerdo específico que determine el Procurador, y
VI. Recompensa periódica. La cantidad en numerario que se otorga de manera periódica a quien proporcione constantemente información fidedigna, eficaz y útil para actividades de inteligencia y contrainteligencia en el combate a la delincuencia y la investigación de delitos federales, en los términos de este Acuerdo y demás disposiciones aplicables.
TERCERO. El otorgamiento de recompensas y recompensas periódicas sólo podrá realizarse por la colaboración e información respecto de delitos calificados como graves por la Ley
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Fuente.