Información relativa a las Gacetas Oficiales del Estado de Veracruz, México.
Gaceta 123 de 15 de abril de 2009.
TÍTULO TERCERO
DE LOS MENORES
CAPÍTULO PRIMERO
Situación Jurídica
Artículo 43. Los menores usuarios o residentes que se
encuentren en condición de expósitos, abandonados, repatriados,
maltratados o migrantes, estarán sujetos a la tutela
pública de la Procuraduría Auxiliar de la Defensa del Menor
y la Familia en este municipio. Quien Podría ostentar la
guarda y custodia temporal de estos menores, hasta que se
aclare su situación jurídica.
Artículo 44. El director
de la Casa Asistencial deberá
notificar a la Procuraduría Auxiliar de la Defensa del
Menor y la Familia y el Indígena de este municipio, dentro
de las setenta y dos horas siguientes, contadas a partir de
que tengan conocimiento de que alguno de los menores internos
se encuentre en los supuestos establecidos por el artículo
anterior, a fin de que esa institución se aboque al ejercicio
de la tutela pública.
Una vez que la Procuraduría Auxiliar sea notificada,
remitirá a la Casa Asistencial correspondiente, copia del acta
inicial en el sentido de que esta Procuraduría, ejercerá la
tutela pública de los menores que se encuentren en los supuestos
señalados en el artículo anterior.
Recibida la notificación, la Procuraduría Auxiliar, procederá
a su investigación y deberá tomar las medidas provisionales
para garantizar la seguridad del menor. En tanto se
realizan las investigaciones necesarias, y se pone al conocimiento
del Ministerio Publico que corresponda, las Casas
Asistenciales no deberá entregar al menor a persona alguna,
sin autorización de la autoridad antes referida.
Artículo 45. El director
, de la Casa Asistencial ostentará
la guarda y custodia provisional de aquellos menores
que les hayan entregado para su cuidado temporal en
forma voluntaria por quienes ejerzan la patria potestad, tutela
o los tengan bajo su cuidado, con autorización de la
Instancia antes mencionada en este Título Tercero.
Y de estos casos llevarán un registro que se presentará
en las supervisiones, por parte de la autoridad.
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