Información relativa a las Gacetas Oficiales del Estado de Veracruz, México.
Por: Francisco Varela Ramírez y Ruy R. Gabarrón Hernández.
Fragmento.
…Cuando hablamos de justicia universal nos referimos a la posibilidad de un tribunal de juzgar a personas que no habitan en su territorio o que han cometido crímenes en otros países.
…Quizá en países que no pueden o no quieren juzgarles y que no por ello se dejará impune el crimen. Esta modernización iniciada en Europa, con experiencia en nuevos valores democráticos, ha perneado a varios países, el caso de España es interesante y se han mostrado preocupados por mejorar estos temas.
…Esta modernización española corresponde, sobre todo, al modelo sobre justicia universal que en sus leyes estipula, entre otras cosas, lo siguiente: que la jurisdicción española puede conocer de casos fuera de su territorio nacional, siempre que sean cometidos delitos, como genocidio, terrorismo, piratería, apoderamiento ilícito de aeronaves, falsificación de moneda extranjera y cualquier otro que, según los tratados o convenios internacionales, deba ser perseguido por el gobierno de España. Hay que recordar que España era el país que juzgaba, de acuerdo con dicho principio (justicia universal), a personas que reunían estas características y que cometían en cualquier parte del mundo estos delitos, es el caso del chileno Augusto Pinochet y del argentino Héctor Miguel Cavallo, a quienes la ley española alcanzó.
…El jueves 2 de julio de este año fue aprobada una reforma legal en la que el Congreso pone límites a dicho justicia universal.
…La justicia española, a partir de ahora, sólo podrá perseguir estos asuntos penales cuando existan víctimas españolas, haya algún vínculo con España o los presuntos responsables se encuentren en territorio español…
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Fuente: Diario de Xalapa del domingo 12 de julio de 2009, p. 2E.