Información relativa a las Gacetas Oficiales del Estado de Veracruz, México.
DOF: 17/09/2009
ACUERDO del Procurador General de la República, por el cual se establece la organización y funcionamiento de las agregadurías legales, agregadurías regionales y oficinas de enlace de la Procuraduría General de la República en el exterior.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.
ACUERDO A/304/09
CONSIDERANDO.
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Que de conformidad con el artículo 80 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, esta Institución contará con agregadurías que serán órganos desconcentrados, coordinados por el Titular de la Coordinación de Asuntos Internacionales y Agregadurías;
Que este mismo artículo señala que los agregados a misiones diplomáticas, representaciones consulares o misiones permanentes, serán representantes del Ministerio Público de la Federación y estarán sujetos a las mismas obligaciones que el personal de carrera del Servicio Exterior Mexicano (SEM), en términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, salvo en los casos en que deban guardar reserva de información con motivo del ejercicio propio de sus funciones. Asimismo, las agregadurías contarán con el personal que se requiera para el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con las normas aplicables y las disponibilidades presupuestales;
Que de conformidad con el artículo 25, fracción II, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, corresponde al Titular de la Coordinación de Asuntos Internacionales y Agregadurías, coordinar a las Agregadurías y Oficinas de Enlace de la Procuraduría en el extranjero;
Que las Agregadurías de la Procuraduría General de la República en el exterior se iniciaron en el año 1987 y a la fecha, la Institución cuenta con seis agregadurías legales, las cuales se encuentran ubicadas en la ciudad de Washington, D.C., para los Estados Unidos de América, en la ciudad de Guatemala, para Centroamérica y el Caribe, en la ciudad de Madrid, para Europa, en la ciudad de Viena, Austria, para la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), en la ciudad de Los Angeles para Asia-Pacífico, y en la ciudad de Bogotá, Colombia, para América del Sur; cuatro agregadurías regionales, en Los Angeles, California y en San Antonio, Texas, en San Diego, California y en El Paso, Texas; y cinco oficinas de enlace, en Riverside, California, en Brownsville, Texas, en El Paso Intelligence Center (EPIC) El Paso, Texas, en la Organización de los Estados Americanos (OEA), Washington, D.C. y en Bureau of Alcohol Tobacco Firearms and Explosives (ATF), en Phoenix, Arizona;
Que a efecto de lograr un adecuado funcionamiento de las Agregadurías de la Procuraduría General de la República en el exterior, éstas tendrán un orden jerárquico en sus responsabilidades, teniendo a la Agregaduría Legal como primera autoridad de esta Institución en el extranjero, la cual estará encargada de verificar y coordinar a las agregadurías regionales que a su vez supervisarán a las oficinas de enlace en su circunscripción, independientemente de que éstas, en asuntos relevantes, informen directamente a la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales y a la Coordinación de Asuntos Internacionales y Agregadurías, y
Que la redefinición, la organización y ampliación de las facultades de las Agregadurías de la Institución en el exterior permitirá el fortalecimiento de las relaciones internacionales del Estado Mexicano con otros países en materia de procuración de justicia, así como el combate a la delincuencia organizada transnacional a través de la materialización de mecanismos de intercambio de información con las autoridades encargadas de la procuración de justicia en otras partes del mundo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
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