Información relativa a las Gacetas Oficiales del Estado de Veracruz, México.
Gaceta 297 de 24 de septiembre de 2009.
C O N S I D E R A N D O
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de
la Federación de fecha 18 de junio de 2008 se reformaron
los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI
y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la
fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la
Constitución general de la República, cuyo objetivo principal,
entre otros, fue transformar el sistema de seguridad y
justicia penal, de uno mixto a uno adversarial que dé vigencia
plena a las garantías individuales y derechos humanos
que consagra la Constitución y brindar la debida seguridad
jurídica a las personas y a su patrimonio.
Que el artículo segundo transitorio del citado decreto,
establece que la federación, los estados y el Distrito Federal,
en el ámbito de sus respectivas competencias deberán
expedir y poner en vigor, las modificaciones u ordenamientos
legales que sean necesarios a fin de incorporar el sistema
penal acusatorio que dé vigencia plena a las garantías individuales
y derechos humanos que consagra la constitución,
así como brindar seguridad jurídica a las personas y a su
patrimonio en los plazos y términos establecidos por la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Que con la finalidad de dar cumplimiento a las enmiendas
constitucionales en materia de justicia penal con la premura
que la ciudadanía demanda y la calidad que la complejidad
de los retos exigen, y atendiendo a que el Ejecutivo
a mi cargo recientemente ha asumido compromisos ineludibles
en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y
la Legalidad y en el Pacto por la Seguridad de los
Veracruzanos es importante crear una instancia encargada
de coordinar y articular el esfuerzo institucional de consulta,
estudio y reflexión que se hace necesario para instrumentar
las innovaciones que requiere el orden constitucional local
y la legislación secundaria en virtud de la reforma a la Ley
Fundamental.
Que las acciones a cargo de dicha instancia de coordinación,
consistirán en diseñar estrategias a fin de generar los
insumos indispensables para que los órganos del Estado con
respeto absoluto a sus atribuciones constitucionales generen
las iniciativas de reformas y adiciones que se requieran,
tanto a la norma fundamental local como a la legislación
secundaria, con el propósito de adecuar el orden jurídico
vigente en el estado al Marco de la Reforma Constitucional;
en este proceso y en congruencia con el Pacto por la Seguridad
de los Veracruzanos, será de invaluable importancia
la participación de los encargados de la administración de la
justicia y de otros actores de la sociedad civil, en particular
de las instituciones de educación superior públicas y privadas,
así como de las organizaciones de profesionistas, en
especial de los Colegios y Barras de Abogados.
Que en la instrumentación del nuevo modelo de justicia
penal resulta esencial la coordinación de esfuerzos del Gobierno
con los poderes Legislativo y Judicial del Estado,
con pleno respeto a su autonomía y a sus facultades constitucionales;
la asistencia y representación en esta labor del
Poder Judicial, permitirá aportar e integrar los avances alcanzados
en torno a los estudios que viene realizando dicho
poder en materia del proceso penal acusatorio, como integrante,
a su vez, de la Comisión Nacional de Tribunales
Superiores de Justicia.
Que por la importancia y trascendencia de la reforma
constitucional esta instancia de coordinación debe contar
con una Secretaría Técnica que funja como órgano administrativo
encargado de ejecutar los acuerdos y demás determinaciones
del órgano consultivo.
Que el proceso legislativo de reformas al marco jurídico
del Poder Judicial del Estado que está en curso en el H.
Congreso no se contrapone a las acciones a realizar por el
órgano consultivo que se propone para implementar el nuevo
Sistema de Justicia Penal en nuestra entidad. El Sistema
de Justicia en un sentido amplio, refiere al conjunto de instituciones,
organizaciones y actores que interactúan en los
procesos de procuración e impartición de justicia; por ello,
un proceso de reforma judicial integral requiere de una labor
de programación y de planeación técnica
interinstitucional; a fin de establecer bases sólidas para que
las reformas legislativas permanezcan como lo alude el Libro
Blanco de la Reforma Judicial, publicado en 2006 por
la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Que ante la imperiosa necesidad de coordinar los esfuerzos
para implementar la reforma constitucional al Sistema
de Justicia Penal en nuestro estado, que garantice la seguridad
y los derechos de las personas, he tenido a bien expedir
el siguiente:
Decreto por el que se crea el Consejo Consultivo
para la implementación del Sistema de Justicia
Penal en el estado de Veracruz.
Fuente