Laburo España: 250.000 ofertas de empleo

Normatividad veracruzana.

Información relativa a las Gacetas Oficiales del Estado de Veracruz, México.

Decreto, crea el Instituto Consorcio Clavijero.

Gerardo Morales H. en Gacetas del año 2009 con fecha 09/octubre/2009 - 0 comentarios
Etiquetado con: instituto, consorcio, clavijero

Gaceta 303 de 30 de septiembre de 2009.

Artículo 1. Se crea el Instituto Consorcio Clavijero
al que en lo sucesivo se le denominará El Instituto,
como organismo público descentralizado del Gobierno
del Estado, sectorizado a la Secretaría de Educación,
con personalidad jurídica, autonomía técnicooperativa
y patrimonio propios.

Artículo 2. El domicilio de El Instituto estará ubicado
en la ciudad de Xalapa-Enríquez, estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, y podrá contar con
las sedes necesarias para el cumplimiento de su objeto
en otras ciudades o regiones del Estado.
Artículo 3. El objeto de El Instituto será brindar
servicios educativos en línea de niveles y modalidades
media superior y superior
, desempeñando funciones
de investigación y desarrollo; así como la extensión
de servicios con un énfasis primordial en la distribución
social del conocimiento.

Artículo 4. El Instituto tendrá las siguientes atribuciones:
I. Promover y ofrecer estudios de bachillerato, técnico
superior universitario, licenciaturas y posgrados
en los ámbitos estatal, nacional e internacional, atendiendo
las disposiciones legales correspondientes;

II. Coordinar acciones con la Fundación Consorcio
Clavijero, A.C., y la Promotora Consorcio Clavijero,
S.C., para el desarrollo de las funciones educativas
de El Instituto;
III. Expedir constancias y certificados de estudios,
grados académicos de conformidad con la normativa
vigente y en coordinación con la Secretaría de Educación;

IV. Aprobar y aplicar planes y programas de estudios
pertinentes, de acuerdo con los tipos, niveles, modalidades
y requerimientos de la educación formal en
los términos que establezca la legislación de la materia
y de acuerdo a las políticas que determine la Secretaría
de Educación;
V. Realizar investigación y desarrollo tecnológico
encaminado, preferentemente, a la innovación educativa
y a un mayor impacto social;
VI. Llevar a cabo la extensión de servicios a la comunidad
orientados a la distribución social del conocimiento;

VII. Establecer vínculos institucionales con universidades,
colegios y demás organizaciones afines a su
objeto;
VIII. Instrumentar el servicio social para estudiantes
y pasantes de licenciatura, en los términos de la
legislación de la materia;
IX. Promover y realizar actividades culturales y
deportivas que contribuyan al desarrollo educativo;

X. Realizar los actos jurídicos necesarios para el
logro de su objeto y el cumplimiento de sus atribuciones;
XI. Expedir las disposiciones normativas necesarias
para el logro de su objeto y el cumplimiento de
sus atribuciones; y
XII. Las demás que resulten necesarias para el cumplimiento
de sus tareas.

Fuente

Comentarios

Comentar


TOP Bitacoras.com para México


adopt your own virtual pet!

LaInformacion.com lainformacion.com - Medio Oficial de los Premios Bitacoras 2009